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Estatuto de la FundaciónEasyStart

Nuestros objetivos, normas de funcionamiento y responsabilidades, en un solo lugar.

Traducción informativa · ES

Solo la versión en polaco es vinculante

ESTATUTO DE LA FUNDACIÓN “Easy Start”

Texto consolidado del 14 de octubre de 2025.

Capítulo I Disposiciones generales

§ 1. Nombre, base legal y sede

  1. La Fundación denominada Fundacja Easy Start, en adelante denominada “Fundación”, establecida por Tomasz Lipiński (en adelante denominado “Fundador”), opera sobre la base de la Ley de 6 de abril de 1984 sobre fundaciones, regulaciones aplicables y este Estatuto.
  2. La sede de la Fundación es Żyrardów.
  3. La Fundación opera en el territorio de la República de Polonia y en el extranjero.
  4. La duración de la Fundación es indefinida.
  5. La Fundación puede crear sucursales, filiales, establecimientos y otras unidades organizativas en el país y en el extranjero.

Capítulo II Objetivos y principios de operación

§ 2. Objetivos de la Fundación

El objetivo de la Fundación es la actividad consistente en:

  1. Apoyar la integración social y profesional de extranjeros, incluyendo migrantes y refugiados, así como otras personas en riesgo de exclusión social, proporcionándoles apoyo material, asesoramiento y apoyo especializado;
  2. Emprender acciones para la educación y el desarrollo profesional de adultos y jóvenes, incluyendo la organización de cursos, capacitaciones, pasantías, prácticas profesionales y clases que mejoren las competencias lingüísticas;
  3. Promoción del empleo, activación profesional y desarrollo del emprendimiento, incluyendo el emprendimiento social;
  4. Realizar acciones destinadas a contrarrestar la discriminación, la xenofobia y la exclusión social, así como apoyar la igualdad de oportunidades;
  5. Organización de eventos culturales, deportivos, recreativos e integradores, que promuevan el diálogo intercultural y la promoción de la diversidad;
  6. Promover y organizar un estilo de vida saludable, cultura física, turismo y recreación activa;
  7. Cooperación con instituciones públicas, gobiernos locales y organizaciones no gubernamentales en el ámbito de actividades para la integración social, profesional e intercultural.

§ 3. Formas de lograr objetivos

La Fundación logra sus objetivos a través de:

  1. organizar y realizar cursos, capacitaciones, talleres, seminarios y conferencias;
  2. organizar y coordinar prácticas, pasantías y programas de «formación profesional práctica» en cooperación con empresas de capacitación, empleadores, escuelas, en cumplimiento de las regulaciones relevantes;
  3. asistencia socio-administrativa e intercultural: apoyo en asuntos oficiales (PESEL, registro de residencia, ZUS/NFZ), bancarios, vivienda, transporte y salud;
  4. acciones de información, asesoramiento e intervención (incluyendo asesoramiento en el mercado laboral);
  5. traducciones y apoyo lingüístico;
  6. organizar eventos educativos, culturales, deportivos e integradores;
  7. desarrollar análisis, auditorías y recomendaciones para instituciones y empleadores (B2B/B2G);
  8. cooperación con la administración pública, gobiernos locales, organizaciones no gubernamentales, universidades, empresas de capacitación, emprendedores y organizaciones internacionales;
  9. Otorgar beneficios financieros y en especie a participantes del programa (becas, premios, subsidios para transporte, alojamiento, comida, reembolsos para materiales educativos, etc.) y otros beneficios previstos por la resolución de la Junta Directiva, cuya cantidad puede depender de la asistencia, compromiso y actividad del participante en las clases del programa, otros beneficios en especie, etc.;
  10. obtener fondos de subsidios, subvenciones, donaciones, herencias y legados, colectas públicas así como actividades pagadas y económicas.

Capítulo III Actividad de beneficio público

§ 4. Actividad de beneficio público no remunerada y remunerada

  1. La Fundación realiza actividades de beneficio público como no remuneradas y remuneradas en el sentido de la Ley de 24 de abril de 2003 sobre actividades de beneficio público y voluntariado.
  2. La actividad remunerada se convierte en actividad económica en los casos previstos en la Ley, en particular cuando:
    1. la remuneración de una persona física por prestar servicios en actividades remuneradas excede tres veces el salario mensual promedio en la economía nacional o
    2. las tarifas cobradas exceden los costos de esta actividad;
  3. La Fundación puede utilizar los servicios de voluntarios de acuerdo con las regulaciones.

Capítulo IV Activos y gestión financiera

§ 5. Activos de la Fundación

  1. Los activos de la Fundación consisten en el fondo fundacional en la cantidad de 10 000 PLN (en letras: diez mil zlotys polacos) y otros bienes adquiridos durante la actividad.
  2. Los ingresos de la Fundación, incluyendo de actividades económicas, se asignan por completo a la realización de objetivos estatutarios.
  3. Fuentes de ingresos para la Fundación incluyen, entre otros, donaciones, herencias y legados, dotaciones, subvenciones y ayudas, intereses bancarios e ingresos de capital, ingresos de actividades de beneficio público remuneradas y actividades económicas, fondos obtenidos de la realización de órdenes y contratos.

§ 6. Gestión financiera

  1. La Fundación mantiene contabilidad de acuerdo con regulaciones legales y registros separados para actividades no remuneradas, remuneradas y económicas.
  2. La Fundación puede otorgar becas, premios y otros beneficios financieros y en especie según los principios especificados en los reglamentos adoptados por la Junta Directiva.
  3. Beneficios otorgados de los fondos de la Fundación no constituyen beneficios del sistema de asistencia social en el sentido de las regulaciones sobre asistencia social.

Capítulo V Actividad económica de la Fundación

§ 7. Principios generales

  1. La Fundación puede realizar actividades económicas en la medida en que sirvan a la realización de sus objetivos estatutarios.
  2. Para emprender actividades económicas, la Fundación asigna fondos en la cantidad de al menos 1 000 (en letras: mil) zlotys polacos.
  3. La Fundación puede realizar actividades económicas en el país y en el extranjero.

§ 8. Objeto de la actividad

  1. El objeto de la actividad económica de la Fundación es en particular:
    1. (PKD) 85.59.D – Otras formas extracurriculares de educación, no clasificadas en otra parte;
    2. (PKD) 85.69.Z – Actividad de apoyo educativo, no clasificada en otra parte;
    3. (PKD) 70.20.Z – Asesoramiento sobre la conducción de actividades económicas y otro asesoramiento en gestión;
    4. (PKD) 74.30.Z – Actividad de traducción;
    5. (PKD) 82.30.Z – Actividad relacionada con la organización de ferias, exposiciones y congresos;
    6. (PKD) 62.10.B – Otra actividad de programación;
    7. (PKD) 63.10.D – Otra actividad de servicio en el campo de la infraestructura informática, procesamiento de datos, gestión de sitios web (hosting) y actividades relacionadas;
    8. (PKD) 49.41.Z – Transporte por carretera de bienes;
    9. (PKD) 52.10.B – Almacenaje y conservación de otras mercancías;
    10. (PKD) 52.26.Z – Otra actividad de servicio que apoya el transporte;
    11. (PKD) 56.11.Z – Restaurantes y otros establecimientos permanentes de catering;
    12. (PKD) 56.22.Z – Preparación regular y entrega de comida para destinatarios externos (catering regular) y otra actividad de servicio de catering;
    13. (PKD) 56.21.Z Preparación ocasional y entrega de comida para destinatarios externos (catering ocasional);
    14. (PKD) 81.21.Z – Limpieza no especializada de edificios;
    15. (PKD) 90.20.C – Otra actividad relacionada con la puesta en escena de actuaciones artísticas;
    16. (PKD) 90.31.A – Actividad de centros culturales, casas de cultura, equipamientos culturales, clubes y centros comunitarios;
    17. (PKD) 90.31.B - Actividad de otras instalaciones culturales;
    18. (PKD) 47.12.Z – Otra venta al por menor no especializada;
    19. (PKD) 96.99.Z – Otra actividad de servicio, no clasificada en otra parte;
    20. (PKD) 81.23.B – Otra actividad de limpieza, no clasificada en otra parte;
    21. (PKD) 81.30.Z – Servicios de paisajismo y acondicionamiento de zonas verdes.
  2. La Fundación puede realizar actividad en otras áreas si sirven a la realización de objetivos estatutarios.

Capítulo VI Órganos de la Fundación

§ 9. Órganos

  1. El órgano de la Fundación es la Junta Directiva de la Fundación.
  2. El Fundador nombra la primera composición de la Junta Directiva.

§ 10. Junta Directiva de la Fundación

  1. La Junta Directiva consiste en 1 a 5 personas nombradas y destituidas por el Fundador.
  2. La Junta Directiva dirige la actividad de la Fundación y la representa externamente.
  3. Las competencias de la Junta Directiva incluyen en particular:
    1. adoptar planes de acción y presupuesto;
    2. adoptar reglamentos internos;
    3. gestionar activos;
    4. tomar decisiones sobre empleo y remuneración de empleados;
    5. aceptar donaciones, herencias y legados;
    6. adoptar resoluciones sobre actividades de beneficio público y económicas.
  4. Declaraciones de voluntad en nombre de la Fundación son hechas individualmente por el Presidente de la Junta Directiva o dos miembros de la Junta Directiva actuando conjuntamente; la Junta Directiva puede otorgar un poder mercantil conforme al derecho polaco (prokura).
  5. Los miembros de la Junta Directiva pueden recibir remuneración por desempeñar funciones. La cantidad y principios de pago de remuneración son determinados por el Fundador.
  6. Los contratos entre la Fundación y un miembro de la Junta Directiva se celebran, en nombre de la Fundación, por un representante designado mediante resolución del Fundador; este representante también representa a la Fundación en los litigios con dicho miembro de la Junta Directiva.
  7. La primera composición de la Junta Directiva incluye: Tomasz Lipiński - Presidente de la Junta Directiva.

Capítulo VII Enmienda del estatuto y liquidación

§ 11. Enmienda del estatuto

  1. La decisión de enmendar el estatuto es tomada por el Fundador.
  2. En ausencia del Fundador (muerte o incapacidad permanente para actuar), la enmienda del estatuto es hecha por la Junta Directiva por mayoría de 2/3 votos.

§ 12. Liquidación de la Fundación

  1. La decisión de liquidar la Fundación es tomada por el Fundador, y en su ausencia – la Junta Directiva por mayoría de 2/3 votos.
  2. Los activos restantes después de la liquidación se asignan a propósitos consistentes con los objetivos de la Fundación especificados en §2, indicados por el órgano que adopta la resolución sobre liquidación.
  3. La resolución puede indicar una organización no gubernamental con objetivos similares como beneficiario.
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